Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 391

TITULO NOVENO DE LA TUTELA · CAPITULO X DEL DESEMPEÑO DE LA TUTELA

ARTICULO 391.- Si las rentas del menor no alcanzan a cubrir los gastos de sus alimentos y educación, el juez decidirá si ha de ponérsele a aprender un oficio o adoptarse otro medio para evitar la enajenación de los bienes; y sujetará a la renta de éstos los gastos de alimentación.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de junio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodetlaxcala.gob.mx.

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