ARTICULO 1°
La iniciativa y formación de las leyes se rigen por la Constitución General de la República y la particular del Estado.
ARTICULO 1°
La iniciativa y formación de las leyes se rigen por la Constitución General de la República y la particular del Estado.
Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.