Código Civil para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 1202

TITULO SEPTIMO DE LA PRESCRIPCION · CAPITULO V De la interrupción de la prescripción

ARTICULO 1202

Las causas que interrumpen la prescripción respecto de uno de los deudores solidarios, la interrumpen respecto de los otros.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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