ARTICULO 1534
Si el testador dispone legalmente sólo de una parte de sus bienes el resto de ellos forma la sucesión legítima.
TITULO CUARTO DE LA SUCESIÓN LEGÍTIMA · CAPITULO I Disposiciones generales
ARTICULO 1534
Si el testador dispone legalmente sólo de una parte de sus bienes el resto de ellos forma la sucesión legítima.
Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.
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