Código Civil para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 1758

TITULO PRIMERO FUENTES DE LAS OBLIGACIONES · CAPITULO VI Del objeto y del motivo o fin de los contratos

ARTICULO 1758

La cosa objeto del contrato debe: I. Existir en la naturaleza; II. Ser determinada o determinable en cuanto a su especie; III. Estar en el comercio.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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