Código Civil para el Estado de Veracruz · Veracruz
Artículo 1825
TITULO PRIMERO FUENTES DE LAS OBLIGACIONES · CAPITULO XII Del enriquecimiento ilegítimo
ARTICULO 1825
Se presume que hubo error en el pago, cuando se entrega cosa que no se debía o que ya estaba pagada; pero aquél a quien se pide la devolución puede probar que la entrega se hizo a título de liberalidad o por cualquiera otra causa justa.
Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.
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