Código Civil para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 2105

TITULO SEGUNDO EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES CON RELACION · CAPITULO I De los actos celebrados en fraude de los acreedores

ARTICULO 2105

Es también anulable el pago hecho por el deudor insolvente, antes del vencimiento del plazo.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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