ARTICULO 2122
Se llama deuda líquida aquélla cuya cuantía se haya determinado o puede determinarse dentro del plazo de nueve días.
TITULO QUINTO EXTINCION DE LAS OBLIGACIONES · CAPITULO I De la compensación
ARTICULO 2122
Se llama deuda líquida aquélla cuya cuantía se haya determinado o puede determinarse dentro del plazo de nueve días.
Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.