Código Civil para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 2145

TITULO QUINTO EXTINCION DE LAS OBLIGACIONES · CAPITULO III De la remisión de la deuda

ARTICULO 2145

La devolución de la prenda es presunción de la remisión del derecho a la misma prenda, si el acreedor no prueba lo contrario.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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