Código Civil para el Estado de Veracruz · Veracruz
Artículo 229
TITULO SEXTO DEL PARENTESCO, DE LOS ALIMENTOS Y DE LA VIOLENCIA FAMILIAR · CAPITULO I De las líneas y grados del parentesco
ARTICULO 229
La línea recta es ascendente o descendente: ascendente es la que liga a una persona con un progenitor o tronco de que procede; descendente es la que liga al progenitor con los que de él proceden. La misma línea es, pues, ascendente o descendente, según el punto de partida y la relación a que se atiende.
Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.
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