Código Civil para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 2366

TITULO SEXTO DEL ARRENDAMIENTO · CAPITULO III De los derechos y obligaciones del arrendatario

ARTICULO 2366

Lo dispuesto en los dos artículos anteriores no es renunciable.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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