Código Civil para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 2486

TITULO NOVENO DEL MANDATO · CAPITULO I Disposiciones Generales

ARTICULO 2486

El mandato puede ser general o especial. Son generales los contenidos en los tres primeros párrafos del artículo 2554. Cualquiera otro mandato tendrá el carácter de especial.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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