Código Civil para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 256 TER

TITULO SEPTIMO De la paternidad y filiación · CAPITULO I De los hijos de matrimonio

ARTICULO 256 TER

Las acciones de investigación de paternidad o maternidad sólo pueden intentarse en vida de los padres. (REFORMADO, G.O. 7 DE OCTUBRE DE 2010)

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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