ARTICULO 2854
La hipoteca constituída para la seguridad de una obligación futura o sujeta a condiciones suspensivas inscriptas, surtirá efecto contra tercero desde su inscripción, si la obligación llega a realizarse o la condición a cumplirse.
TITULO TERCERO · CAPITULO II De la hipoteca voluntaria
ARTICULO 2854
La hipoteca constituída para la seguridad de una obligación futura o sujeta a condiciones suspensivas inscriptas, surtirá efecto contra tercero desde su inscripción, si la obligación llega a realizarse o la condición a cumplirse.
Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.
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