ARTICULO 361
La renuncia del usufructo hecha en favor del hijo, se considera como donación.
TITULO OCTAVO De la patria potestad · CAPITULO II De los efectos de la patria potestad respecto de los bienes del hijo
ARTICULO 361
La renuncia del usufructo hecha en favor del hijo, se considera como donación.
Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.
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