Código Civil del Estado de Yucatán · Yucatán

Artículo 316

TITULO CUARTO DE LA PATERNIDAD Y FILIACION · CAPITULO III De los Hijos Nacidos fuera de Matrimonio

Artículo 316.- Se deroga.

Artículo 316 A.- Se deroga.

Artículo 316 B.- Se deroga.

Artículo 316 C.- Se deroga. 39

Artículo 316 D.- Se deroga.

Artículo 316 E.- Se deroga.

Sección Segunda

De la Adopción Simple

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de junio de 2022. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: poderjudicialyucatan.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.