TÍTULO PRIMERO · CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1133
Las disposiciones legales sobre los actos jurídicos son aplicables a los contratos en general. A su vez las disposiciones legales sobre contratos son aplicables a todos los convenios y a otros actos jurídicos, en todo aquello que no se oponga a su naturaleza o a disposiciones especiales de la ley sobre los mismos.
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de julio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.
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