Artículo 1223
La obligación es pura cuando su exigibilidad no depende de condición alguna.
TÍTULO PRIMERO · CAPÍTULO SEXTO DEL RIESGO PROFESIONAL
Artículo 1223
La obligación es pura cuando su exigibilidad no depende de condición alguna.
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de julio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.
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