Código Civil del Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 1848

TÍTULO SÉPTIMO DEL ARRENDAMIENTO · CAPÍTULO SÉPTIMO DEL ARRENDAMIENTO O ALQUILER DE BIENES MUEBLES

Artículo 1848

El arrendamiento de fincas rústicas no implica el arrendamiento de los aperos correspondientes a dicha finca, salvo que se estipule lo contrario en el contrato respectivo.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de julio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.