Código Civil del Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 2214

TÍTULO DÉCIMO

Artículo 2214

Es nula la transacción sobre cualquier negocio que esté decidido judicialmente por sentencia, irrevocable ignorada por los interesados.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de julio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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