TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO TERCERO DE LA HIPOTECA NECESARIA
Artículo 2408
La constitución de la hipoteca, en los casos a que se refieren las fracción(sic) ll y III del artículo anterior, puede ser pedida por el curador del incapacitado, por los parientes de éste sin limitación de grado o por el Ministerio Público.
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de julio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.
Pregúntale a RíoLex
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.