Código de Comercio · Federal

Artículo 1390 BIS 2

TITULO SEGUNDO De los Juicios Ordinarios · CAPÍTULO I Disposiciones Generales

Artículo 1390 Bis 2.- En el juicio oral mercantil se observarán especialmente los principios de oralidad, publicidad, igualdad, inmediación, contradicción, continuidad y concentración.

Artículo adicionado DOF 27-01-2011

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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