Artículo 1046. Las sentencias deberán reunir las siguientes características:
I. Claridad;
II. Precisión; 174
III. Fundamentación;
IV. Motivación; y,
V. Exhaustividad.
TÍTULO NOVENO · CAPÍTULO IX VALOR DE LAS PRUEBAS
Artículo 1046. Las sentencias deberán reunir las siguientes características:
I. Claridad;
II. Precisión; 174
III. Fundamentación;
IV. Motivación; y,
V. Exhaustividad.
Última reforma de esta ley incorporada: 5 de abril de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresomich.gob.mx.
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