Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 1052

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO II ACLARACIÓN DE SENTENCIAS

Artículo 1052. También el juez o magistrado podrá de oficio o a petición de parte, aclarar la sentencia emitida, independientemente de que se encuentre en curso el término para impugnarla o haya causado ejecutoria, sin que implique alterar o modificar el sentido, con el fin de lograr su plena ejecución en el segundo de los supuestos.

Última reforma de esta ley incorporada: 5 de abril de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresomich.gob.mx.

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