Artículo 328. Afinidad es el parentesco que se contrae por el matrimonio, entre los cónyuges y sus parientes.
Artículo 328
TÍTULO OCTAVO · CAPÍTULO ÚNICO
Última reforma de esta ley incorporada: 5 de abril de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresomich.gob.mx.
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