Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 510

TÍTULO DÉCIMO CUARTO 82 · CAPÍTULO IV TUTELA LEGÍTIMA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Artículo 510. Los padres son de derecho tutores de sus hijos solteros, cuando estos no tengan hijos que puedan desempeñar ese cargo. 86

Última reforma de esta ley incorporada: 5 de abril de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresomich.gob.mx.

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