Artículo 716. Las actuaciones judiciales y los ocursos deberán escribirse en español, estos últimos deberán contener el número de expediente, tipo de asunto y nombre de las partes, o de los solicitantes. Los documentos redactados en idioma extranjero deberán acompañarse con la correspondiente traducción al 320 español realizada por perito autorizado. Las fechas y cantidades se escribirán con letra.
Todas las promociones deben ser firmadas. Cuando el promovente no sepa o no pueda firmar, estampará su huella dactilar; el secretario le leerá el escrito, o bien permitirá su lectura y en cualquier caso, sentará razón de haber sido ratificado.