Artículo 963. Lo dispuesto en los artículos anteriores se observará en lo conducente cuando se trate de promociones en las que sea necesario correr traslado.
Artículo 963
TÍTULO OCTAVO JUICIOS DEL ORDEN FAMILIAR · CAPÍTULO IV FIJACIÓN DE LA LITIS
Última reforma de esta ley incorporada: 5 de abril de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresomich.gob.mx.
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