Artículo 1175. El acta de fallecimiento contendrá:
I. El nombre, apellido, nacionalidad, edad, ocupación y domicilio que tuvo el difunto;
II. El estado familiar de éste, y si era casado, concubino o viudo, el nombre y apellidos de su cónyuge, concubina o conviviente;
III. Los nombres, apellidos, nacionalidad, edad, ocupación y domicilio de los testigos, y si fueran parientes, el grado en que lo sean;
IV. La causa que determinó la muerte y específicamente el lugar en que se sepulte el cadáver, o se depositen las cenizas;
V. Los nombres y nacionalidad de los padres del difunto, si se supieren;
VI. La fecha y la hora de la muerte, si se supiere, y todos los informes que se tengan en el caso de muerte violenta; y,
VII. Nombre, apellidos, nacionalidad, número de cédula profesional y domicilio del médico que certifique la defunción.