Código Familiar del Estado de Sinaloa · Sinaloa

Artículo 3

Artículo 3 . La familia tiene como función la convivencia de sus miembros por medio de la permanencia y la estabilidad de sus relaciones, permitiendo satisfacer las necesidades de subsistencia y defensa.

La comunicación y comportamiento de los miembros de una familia, deberán estar sustentados en la integración y la comunidad familiar, sin más limitaciones que las que provengan de este Código, y de los demás ordenamientos legales.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosinaloa.gob.mx.

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