Código Familiar del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 2

TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 2°. Las normas del derecho familiar se sustentan en los principios de equidad, solidaridad doméstica, respeto mutuo e interés superior de la o el menor.

Para lograr la integración familiar, los miembros de la familia tendrán los derechos y obligaciones que se señalan en este Código y otras disposiciones aplicables en la materia.

(REFORMADO EN EL P.O. DEL EDO. EL 22 DE JULIO DE 2022)

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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