ARTICULO 226. Cuando la madre contradice el reconocimiento efectuado por el presunto padre sin el consentimiento de ésta, aquél quedará sin efecto y la cuestión relativa a la paternidad se resolverá en el juicio contradictorio correspondiente. 51
Artículo 226
TITULO OCTAVO DE LA PATERNIDAD Y FILIACION
Última reforma de esta ley incorporada: 20 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.
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