Código Familiar del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 369

TITULO DECIMO DE LA TUTELA

ARTICULO 369. El nombramiento de la tutela por testamento, hecho en los términos del artículo anterior, excluye del ejercicio de la patria potestad a las o los ascendientes de ulteriores grados.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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