Código Familiar del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 54

TITULO TERCERO DEL MATRIMONIO

ARTICULO 54. Son donaciones antenupciales las que se hagan mutuamente los pretendientes antes de celebrarse el matrimonio.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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