Código Familiar del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 84

TITULO TERCERO DEL MATRIMONIO

ARTICULO 84. Cuando la o el cónyuge actuó de buena fe, la sociedad conyugal subsistirá también hasta que cause ejecutoria la sentencia, si la continuación es favorable al cónyuge inocente; en caso contrario, se considerará nula desde su principio.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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