Código de Familia para el Estado de Sonora · Sonora

Artículo 134

TÍTULO CUARTO DE LA INEXISTENCIA Y NULIDAD DEL MATRIMONIO · CAPÍTULO IV DE LOS EFECTOS PERSONALES Y PATRIMONIALES

Artículo 134.- Si al declararse la nulidad del matrimonio la mujer estuviere encinta, se tomarán las precauciones previstas en el capítulo I del Título Sexto de este Código para el caso de la viuda.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: stjsonora.gob.mx.

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