Código de Familia para el Estado de Sonora · Sonora

Artículo 69

TÍTULO TERCERO DEL CONTRATO DE MATRIMONIO CON RELACIÓN A LOS BIENES · CAPÍTULO V DE LA ADMINISTRACIÓN Y SUSPENSIÓN DE LA SOCIEDAD

Artículo 69.- El dominio y posesión de los bienes comunes reside en ambos cónyuges mientras subsista la sociedad conyugal, pero los bienes inmuebles y los vehículos de propulsión mecánica no pueden ser gravados ni enajenados por el administrador sin el consentimiento del otro. En caso de oposición, el Juez puede suplir el consentimiento, oyendo previamente a los interesados.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: stjsonora.gob.mx.

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