Artículo 83.- Son cargas de la sociedad no sólo las que reclamen legítimamente los terceros, sino también los cónyuges, cuando hubiesen cubierto con bienes propios deudas de la sociedad.
Artículo 83
TÍTULO TERCERO DEL CONTRATO DE MATRIMONIO CON RELACIÓN A LOS BIENES · CAPÍTULO VI DE LA TERMINACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: stjsonora.gob.mx.
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