Código de Familia para el Estado de Sonora · Sonora

Artículo 87

TÍTULO TERCERO DEL CONTRATO DE MATRIMONIO CON RELACIÓN A LOS BIENES · CAPÍTULO VII DE LA SEPARACIÓN DE BIENES

Artículo 87.- Si la separación de bienes se solicita durante el matrimonio para constituir la sociedad conyugal, pero los consortes son menores de edad, deben concurrir a su otorgamiento las personas facultadas para consentir el matrimonio. Lo mismo se observará cuando el régimen patrimonial se modifique durante la minoridad de los cónyuges.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: stjsonora.gob.mx.

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