ARTÍCULO 754. Testamento ológrafo sin efectos
Artículo 754. El testamento ológrafo queda sin efecto cuando el original y el duplicado están rotos, o el sobre que los contiene resulta abierto, o las firmas que los autoricen aparecen borradas, raspadas o con enmendaduras, aun cuando el contenido del testamento no sea vicioso.
Personas a las que pueden informar la existencia del testamento