Código Familiar del Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 289

TÍTULO TERCERO · CAPÍTULO SEGUNDO DE LAS PRESUNCIONES DE PATERNIDAD

ARTÍCULO 289

No basta el dicho de la madre para excluir de la paternidad al marido. Mientras éste viva, únicamente él podrá reclamar contra la filiación del hijo favorecido por las presunciones de paternidad.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de agosto de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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