Código Familiar del Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 736

TÍTULO NOVENO DEL NOMBRE DE LA MUJER CASADA, SOLTERA, VIUDA O DIVORCIADA · CAPÍTULO QUINTO DE LA PLANIFICACION Y CONTROL DE LA NATALIDAD

ARTÍCULO 736

Planificación Familiar es una concepción clara y actitud consciente sobre el número y espaciamiento de hijos que quieren tener, usando para el control de la fecundación de las medidas anticonceptivas que permita la ley.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de agosto de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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