Código Fiscal del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 155

TITULO QUINTO DE LAS INFRACCIONES Y DELITOS FISCALES · CAPITULO I DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES

ARTICULO 155.- Son infracciones relacionadas con el ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales, las siguientes:

I. Oponerse a que se practique una visita domiciliaria, una diligencia de requerimiento de pago o una notificación de un acto de autoridad;

II. Negarse a proporcionar datos e informes, así como a exhibir libros, documentos y demás papeles que deba llevar y conservar el contribuyente;

III. No conservar la documentación, contabilidad y otros bienes que las autoridades o los visitadores fiscales dejen en calidad de depósito, y

IV. Alterar los sellos o marcas que coloquen las autoridades o visitadores en los muebles o inmuebles para asegurar la documentación allí contenida, durante una revisión.

Última reforma de esta ley incorporada: 24 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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