Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California Sur · Baja California Sur

Artículo 1

CAPITULO II DEL SISTEMA ESTATAL ANTICORRUPCIÓN

ARTICULO 1o. - A partir de la fecha en que entre en vigor este Decreto, todas las personas que de manera definitiva, temporal o transitoria residan dentro del territorio que corresponda al nuevo Municipio, se considerarán vecinos y habitantes del mismo y quedarán sujetas a la jurisdicción de las autoridades de éste.

ARTICULO 1º DE LA LEY ORGÁNICA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA SUR.

Publicado en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 30 de mayo de 2017

ARTÍCULO PRIMERO: SE REFORMA LA FRACCION XXXVI DEL

Última reforma de esta ley incorporada: 4 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: tribunalbcs.gob.mx.

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