ARTÍCULO 166 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA SUR.
Publicado en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 20 de diciembre de 2015
ARTÍCULO ÚNICO.- Se Deroga el párrafo segundo del Artículo 166 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California Sur, para quedar como sigue:
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TRANSITORIOS
ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur.
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL PODER LEGISLATIVO, EN LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2015. Presidenta.- Dip. Eda María Palacios Márquez .- Rúbrica. Secretaria.- Dip. Norma Alicia Peña Rodríguez .- Rúbrica.
TRANSITORIO DECRETO No. 2310
POR EL QUE SE REFORMA EL