Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California Sur · Baja California Sur

Artículo 4

CAPITULO II DEL SISTEMA ESTATAL ANTICORRUPCIÓN

ARTICULO 4o.- Mientras los Ordenamientos propios del nuevo Municipio no sean expedidos seguirán aplicándose los vigentes hasta ese momento en su respectivo territorio.

Última reforma de esta ley incorporada: 4 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: tribunalbcs.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.