Constitución Política del Estado de Chihuahua · Chihuahua

Artículo 12

TITULO III DE LA POBLACIÓN · CAPITULO I DE LOS HABITANTES DEL ESTADO

ARTICULO 12. Los habitantes del Estado, sean nacionales o extranjeros y cualquier otra persona que en él se halle, están obligados a:

I. Obedecer las leyes y respetar a las autoridades;

II. Contribuir a los gastos públicos del Estado y del municipio en que residan en la forma proporcional y equitativa que dispongan las leyes, y

III. Tener un modo honesto de vivir.

[Artículo reformado mediante Decreto No. 403-94 publicado en el P.O.E. No. 79 del 1º. de octubre de 1994]

Última reforma de esta ley incorporada: 30 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.

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