Constitución Política del Estado de Chihuahua · Chihuahua

Artículo 21

TITULO III DE LA POBLACIÓN · CAPITULO III DE LOS CIUDADANOS DEL ESTADO

ARTICULO 21. Son derechos de la ciudadanía chihuahuense:

I. Votar en las elecciones populares del Estado, así como participar en los procesos plebiscitarios, de referéndum y de revocación de mandato; quienes residan en el extranjero podrán ejercer su derecho al voto en la elección del Poder Ejecutivo del Estado.

II. Poder ser votados para todos los cargos de elección popular y nombrados para cualquier empleo o comisión, teniendo las demás cualidades que las leyes establezcan. El derecho de solicitar el registro de candidatos ante la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos, así como a los ciudadanos que soliciten su registro de manera independiente y que acrediten no ser ni haber sido presidente del comité ejecutivo nacional, estatal, municipal, dirigente, militante afiliado o su equivalente, de un partido político, en los tres años anteriores al día de la elección del proceso electivo en el que pretendan postularse, ni haber participado como candidato a cualquier cargo de elección popular postulado por cualquier partido político o coalición en el proceso electoral inmediato anterior, y que reúnan los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación;

III. Tomar las armas en la Guardia Nacional;

IV. Reunirse pacíficamente para tratar los asuntos públicos del Estado;

V. Ejercer en toda clase de asuntos el derecho de petición;

VI. Iniciar leyes en los términos previstos por la fracción VII del artículo 68 de esta Constitución.

VII. Votar en las elecciones de las personas juzgadores para los cargos en el Poder Judicial del Estado.

[Artículo reformado en la fracción I y adicionado con la VII mediante Decreto No. - LXVIII/RFCNT/0172/2024 I P.O. publicado en el P.O.E. No. 103 del 25 de diciembre de 2024]

[Artículo reformado en el párrafo primero y en las fracciones I y VI mediante Decreto No. LXV/RFCNT/0769/2018 II P.O. publicado en el P.O.E. No. 50 del 23 de junio de 2018] [Artículo reformado en la fracción II mediante Decreto No. 917-2015 II P.O. publicado en el P.O.E. No. 63 del 8 de agosto de 2015]

Última reforma de esta ley incorporada: 30 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.

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