Artículo 49 .- La ley determinará la estructura y las facultades de las dependencias y organismos descentralizados del Poder Ejecutivo.
Artículo 49
TÍTULO QUINTO · CAPÍTULO I DEL PODER EJECUTIVO
Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresoweb.congresojal.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.