Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos · Morelos
Artículo 85-A
TITULO CUARTO · CAPITULO V
Artículo 85-A.- Los Asentamientos Humanos, Desarrollo Urbano y la Ecología en el Estado de Morelos, se ajustarán estrictamente a las disposiciones de las Leyes Federales en la materia y del Párrafo Tercero del Artículo 27 y demás relativos de la Constitución Federal. Considerándose estas disposiciones de orden público e interés social. 78
(ADICIONADO, P.O. 29 DE DICIEMBRE DE 1983)
Última reforma de esta ley incorporada: 1 de agosto de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: scjn.gob.mx.
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